Título del artículo:
El papel de la mujer en la transmisión de las herencias. Las Capellanías: patrimonio social y económico
Autores:
Ramón Gómez Laguna y Mercedes Laguna González
Resumen
En nuestro artículo queremos subrayar la función de las capellanías como estrategia familiar —singular— para la transmisión de las herencias y la pervivencia del poder económico y el estatus social. Las capellanías consistían en la herencia de los bienes raíces transmitidos, a través de sus sucesivos patronos— a partir de los hijos que no transmitían el mayorazgo. Aunque, como objetivo principal, las capellanías tenían fines religiosos, en la práctica, sobre todo con el paso de los años, de las décadas y los siglos, lo prioritario será la herencia de las propiedades rústicas y urbanas transmitidas.
Para explicar el paso de la edad moderna a la edad contemporánea, con relación al desarrollo, transformación de las Capellanías, Memorias y otras Obras pías, vamos a presentar, como ejemplo, dos Capellanías: primero, la de Teresa de Acevedo Obregón. Y la segunda, la de Leonor de Castilla y Zañudo.
Palabras clave:
Final del Antiguo Régimen. Capellanías. Transmisión de herencia. Papel de la mujer. Cambio de normas canónicas y de normas sociales.

Concepción Carreño de la Cuadra la heredó a finales del siglo XIX
Conclusiones
Hemos querido subrayar la importancia de la figura de la mujer en las capellanías: estas fundaciones —ligadas a la Iglesia, pero que buscaron —sobre todo— conservar los bienes en la familia y mantener el prestigio social, a pesar de que la estirpe originaria ya se había perdido (en los apellidos, en la memoria).
Con una descendiente destacada en cada capellanía: Concepción Peralta Martínez-Carrasco —casada con José Mª Carreño Atienza— para la Capellanía de Teresa Acevedo Obregón. Y, en segundo lugar, Concepción Carreño de la Cuadra —hija de Manuel Carreño Peralta— para la Capellanía de Leonor Castilla y Zañudo.
El papel destacado de la mujer aparece no solo porque la fundadora en bastantes casos era una señora (en los dos ejemplos que utilizamos, sin descendencia directa), sino porque en ocasiones destacadas —como estas dos que presentamos— la transmisión del vínculo de la capellanía se hizo a través de una mujer. Además, en el segundo caso, fue, además, una señora, Concepción Carreño de la Cuadra quien heredó los bienes de la capellanía, y los transmitió a sus beneficiarios, por herencia.
Se da la circunstancia, además, de que el río de las propiedades de estas dos capellanías, junto con los privilegios sociales que conllevaban (de manera explícita o implícita) va a parar a la misma familia: los Carreño de la Cuadra.
Hemos de destacar con relación al desarrollo y evolución de esta Capellanía, que 160 años después de su fundación, un abogado natural de Huéscar —titulado en la Universidad de Granada— (1877) consiguió la sentencia a su favor tras una larga y complicada resolución judicial que se apoyó en las “antiguas leyes canónicas del Tribunal eclesiástico del obispado de Murcia”. Había cambiado las leyes canónicas y civiles.
Se habían abolido los mayorazgos y vínculos, pero tras dos procedimientos judiciales, Luis Carreño de la Cuadra consigue ser propietario de los bienes raíces de la Capellanía de doña Leonor de Castilla y Zañudo, a finales de 1889. Aunque, después, pasa a su hermana, a causa de los problemas de salud de Luis.
En el artículo sobre “La casa de los Maza en los siglos XIX y XX. De los Maza a los Carreño”, que aparece en este mismo número 2 de la Revista Molino de papel, podemos comprobar cómo las mismas “técnicas y tácticas” que se utilizaban en las capellanías de la edad moderna, aunque renovadas por el paso de los años y adaptadas a los tiempos, fueron usadas por los Carreño, concretamente por Concepción Carreño de la Cuadra, a principios del siglo XX, para seguir el camino emprendido por Alfonso Sánchez Maza en a mitad del siglo XVI, cuando levantó con sus aportaciones el altar de San Roque en la ermita de Nuestra Señora de la Paz, y encargó a sus sucesores el mantenimiento de sus gastos y el resto de los deberes que requería (obras de caridad, funciones religiosas…).
Por tanto, vemos la forma de perdurar los senderos abiertos en el Antiguo Régimen, pero, también, sus cambios y el aggiornamento al que eran sometidos.

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